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Artículo 5 transitorio del Decreto 48

Deroga decreto n° 334, de 1984 y sus modificaciones posteri0res y aprueba nuevo reglamento para contratacion de trabajos de consultoria

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 8226 / 7134740.

Texto oficial

Art�culo.5°- Mientras no existan al menos cuatro Consultores inscritos en el Area y Especialidades creadas en el N° 9 Area de Medio Ambiente de los Cuadros N°s. 1, 2A y 2B del Título II y artículo 31, se autoriza a convocar a los Consultores inscritos en la especialidad Estudios Ambientales que se suprime del artículo 28 a los Cuadros N°s. 1, 2A y 2B números 3.8. En este caso y sólo para este efecto, no regirá la exigencia de llamar a inscripción en un registro especial, a que se refiere el artículo 13 de este Reglamento.