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Artículo 5 del Decreto 52

Reglamenta asignacion de credito fiscal universitario

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 8293 / 7134817.

Texto oficial

Artículo 5°.- El Ministerio de Educación Pública podrá solicitar los antecedentes que estime necesarios para efectuar el control y la evaluación de la asignación del Crédito Fiscal Universitario.