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Artículo 110 del Decreto 55

Aprueba reglamento de la ley sobre impuesto a las ventas y servicios

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 8355 / 8515814.

Texto oficial

ARTICULO 110° Por las existencias de vino depositado a granel se tolerará una merma de mantención de hasta un tres por mil (3o/oo) mensual que se calculará sobre los saldos de existencia mantenidos en cualquier clase de vasija.