Texto oficial
Artículo 3º.- El traspaso establecido en el artículo 1º de esta ley incluye los establecimientos, dotaciones y bienes administrados por corporaciones en virtud de convenios celebrados con las municipalidades originarias, actos que se entenderán modificados de pleno derecho y sin perjuicio de que las respectivas corporaciones concurran a los instrumentos indicados en el artículo 2º para dejar constancia de la información allí señalada.