Texto oficial
Artículo 22° Con el objeto de coordinar adecuadamente
todo lo relativo a la postulación, selección y
determinación de los montos de los proyectos que emanen de
regiones, un funcionario de la División de Extensión
Cultural, se desempeñará en la Secretaría Técnica a que
se refiere el artículo anterior en calidad de Coordinador
de Regiones.