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Artículo 6 del Decreto 812

Reglamenta procedimiento y modalidades para calificar empresas que soliciten autorizacion para instalacion fisica en la xii region y puedan acogerse a regimen preferencial aduanero

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 84674 / 6068497.

Texto oficial

Artículo 6º.- En el caso que de los antecedentes aportados por la empresa surjan dudas del porcentaje de integración en el producto final respecto de los conceptos a que se refiere el artículo anterior, el Intendente Regional o el Secretario Regional Ministerial de Hacienda de la XII Región podrán pedir un pronunciamiento a la Secretaría Regional de Planificación y Coordinación.