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Artículo 4 del Decreto 62

Reglamenta sistema de postulacion, asignacion y venta de viviendas destinadas a atender situaciones de marginalidad habitacional

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 8484 · idParte: 8449709

Texto oficial

ARTICULO 4° Los favorecidos con las viviendas reservadas podrán ser o no postulantes conforme a las normas de este reglamento, siéndoles en todo caso aplicables, en lo que fuere procedente, las normas del presente decreto supremo.