Texto oficial
Artículo 35.- Para los efectos de enterar la diferencia
que pudiere producirse entre el Subsidio obtenido y el
precio de la compraventa o de la construcción en su caso,
sólo en el caso que no se trate de Viviendas Sociales
Dinámicas Sin Deuda que sean asignadas a Postulantes en
Condición Extrema a que se refiere la letra c) del
artículo 1º de este reglamento, el Serviu podrá otorgar
un crédito hipotecario al beneficiario del Subsidio
Habitacional de que trata este Título, expresado en
Unidades de Fomento, o en Indice de Valor Promedio, o en
pesos, moneda nacional, y reajustable conforme a la
variación del Indice de Remuneraciones, que se pagará en
un plazo no superior a 20 años, en dividendos mensuales,
iguales, anticipados y sucesivos, que comprenderán la
amortización, los intereses y las primas de los seguros de
incendio y de desgravamen.
Este plazo se determinará del tal forma que el dividendo a
pagar no exceda el 20% de la renta mensual del beneficiario,
a la fecha de la asignación, incluida la de su cónyuge. En
todo caso, el dividendo, mínimo será equivalente a 0,3
unidades de fomento. El interés que devengarán estos
créditos será determinado mediante resoluciones del
Ministro de Vivienda y Urbanismo. Sin perjuicio de lo
anterior, en caso de mora o simple retardo, devengarán un
interés penal igual al interés máximo convencional.
Los seguros de incendio y de desgravamen mencionados en
el inciso anterior, se regirán por las normas atinentes a
la materia, contenidas en el decreto supremo 121 (V. y U.),
de 1967.
Si el deudor fuere trabajador dependiente, en el
instrumento en que se formalice el mutuo deberá autorizar
expresamente a su empleador para que le descuente por
planilla el monto del dividendo correspondiente, a
requerimiento del acreedor.
Los créditos a que alude el inciso primero, destinados
al financiamiento de viviendas emplazadas en la Comuna de
Isla de Pascua, de la provincia del mismo nombre, de la V
Región, podrán garantizarse con hipoteca o con otras
cauciones cuya suficiencia corresponderá calificar al
SERVIU respectivo.