Texto oficial
ARTICULO 34° Tratándose de programas de radicación,
si los beneficiarios de este Subsidio fueren propietarios de
los terrenos, el subsidio se aplicará al precio de la
construcción incluyendo la urbanización, en su caso.
Para estos efectos, el beneficiario del subsidio
otorgará mandato irrevocable al SERVIU, autorizándolo para
contratar las obras de construcción y de urbanización, en
su caso, obligándose a enterar la diferencia que pudiere
producirse entre el subsidio obtenido y el precio de dicho
contrato de construcción, ya sea con recursos provenientes
de su ahorro o del crédito que obtenga del SERVIU.