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Artículo 33 del Decreto 62

Reglamenta sistema de postulacion, asignacion y venta de viviendas destinadas a atender situaciones de marginalidad habitacional

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 8484 · idParte: 8449777

Texto oficial

ARTICULO 33° En el caso de compraventa, su precio incluirá el valor de la construcción, el del terreno y su urbanización, los gastos que irrogue su transferencia y, si se tratare de un programa de erradicación, los gastos de traslado del beneficiario y su grupo familiar. Será de cargo del beneficiario la diferencia que se produzca entre el subsidio obtenido y el precio de la compraventa, quien podrá enterarla con recursos provenientes de su ahorro o con un préstamo que le otorgará el SERVIU en la forma prevista en este Título.