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Artículo 5 del Decreto 64

Reglamenta la eliminacion de prontuarios penales, de anotaciones, y el otorgamiento de certificados de antecedentes

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 8524 / 8775897.

Texto oficial

Artículo 5° Las anotaciones de los autos declaratorios de reos que se practiquen en el prontuario penal deberán contener las siguientes menciones: 1° Individualización del Tribunal; 2° Número de la causa y fecha de su ingreso; 3° Delito o delitos materia del proceso; 4° Fecha de resolución.