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Artículo 3 del Decreto 68

Aprueba reglamento del programa especial de becas destinado a estudiantes de escasos recursos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 8610 / 7135463.

Texto oficial

Artículo 3°: Estas becas serán otorgadas por una comisión denominada "Comité de Becas", integrada en cada Región por un representante del Presidente de la República, un representante del Intendente Regional y por el Director Regional de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas.