Texto oficial
Artículo 4°: La Junta Nacional de Auxilio Escolar y
Becas, determinará la cantidad total de U.S.E. de que se
disponen para otorgar las becas en cada región, conforme
con lo establecido en su presupuesto.
Aprueba reglamento del programa especial de becas destinado a estudiantes de escasos recursos
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 8610 / 7135464.