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Artículo 3 de Auto Acordado S/N

Auto acordado sobre reclamaciones electorales, formacion de escrutinio y proclamacion de candidatos en elecciones municipales de la viii region del bio-bio

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 86415 / 9022647.

Texto oficial

Artículo 3°.- El escrito de reclamación deber ser fundado, contener peticiones concretas y señalar o acompañar los medios probatorios que le sirven de fundamento.