Texto oficial
Artículo 5º: El Ministerio de Educación verificará
el desarrollo del proyecto institucional de los nuevos
Centros de Formación Técnica por un período de seis años
contados desde el inicio de sus actividades docentes.
Reglamenta normas para la acreditacion de los centros de formacion tecnica
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 87169 / 7221885.