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Artículo 6 del Decreto 547

Reglamenta normas para la acreditacion de los centros de formacion tecnica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 87169 / 7221886.

Texto oficial

Artículo 6º: La acreditación es un proceso objetivo y dinámico que evalúa el desarrollo del proyecto institucional definido por la propia entidad, sobre la base de los siguientes criterios generales: CRITERIO 1. FORTALEZA Y DESARROLLO INSTITUCIONAL El Centro debe ser una institución que demuestre haber alcanzado, o estar en condiciones de hacerlo, los objetivos que postulara en sus estatutos y en su proyecto institucional. La misión y los fines de la institución, así como su acción educativa, deberán ser relevantes, en cuanto a responder a necesidades reales de la comunidad externa, así como a contribuir a la consolidación institucional, a su proyección futura y a generar una imagen sólida y distintiva que la singularice. El Centro debe entregar una formación integral que permita a los técnicos que prepara insertarse con propiedad en el mundo social y laboral; asimismo, sus servicios son apreciados por la comunidad en que se inserta. CRITERIO 2. EJERCICIO DE LA DOCENCIA El ejercicio de la docencia en las carreras técnicas aprobadas deberá ser la función básica del Centro, para responder a la misión, fines y objetivos establecidos en su proyecto institucional y estimular el logro creciente de la excelencia académica, pudiendo complementarse con actividades de extensión y capacitación. CRITERIO 3. RECURSOS HUMANOS El Centro deberá disponer de una dotación de personal directivo, docente, de administración y de servicios, suficiente y adecuada para ofrecer al alumnado una educación de calidad y garantizar una eficiente gestión administrativa y financiera. CRITERIO 4. ESTUDIANTES Las políticas y prácticas referidas a los estudiantes, deberán reflejar un servicio educacional de calidad y traducirse en apoyo para que los educandos se desarrollen e integren con propiedad a sus actividades formativas. CRITERIO 5. ADMINISTRACION La gestión académica, administrativa, económica y financiera del Centro, deberá ser eficaz en términos de facilitar el cumplimiento de los propósitos institucionales. CRITERIO 6. INFRAESTRUCTURA FISICA Y EQUIPAMIENTO Las instalaciones del Centro deberá ser funcionales a los propósitos y a la oferta educativa de la institución, garantizar la permanencia de alumnos y personal en locales seguros y en buen estado de conservación, a la vez que ser cualitativamente pertinentes a una entidad de nivel superior, de conformidad a la normativa legal vigente.