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Artículo 9 del Decreto 547

Reglamenta normas para la acreditacion de los centros de formacion tecnica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 87169 / 7221889.

Texto oficial

Artículo 9º: El Ministerio de Educación, asimismo, podrá examinar determinadas asignaturas o cursos de las carreras impartidas por la institución, para el solo efecto de verificar el cumplimiento del respectivo proyecto institucional, sin que esta actividad pueda afectar la evaluación individual de los alumnos.