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Artículo 20 del Decreto 755

Aprueba reglamento de la ley nº 19.532, que crea el regimen de jornada escolar completa diurna y dicta normas para su aplicacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 88581 / 7223123.

Texto oficial

Artículo 20.- Los establecimientos educacionales señalados en los artículos anteriores, sin perjuicio de dar cumplimiento a las normas en ellos establecidas, deberán considerar dentro del tiempo de funcionamiento, el necesario para que los profesionales de la educación realicen las actividades destinadas a dar debida atención a los padres y apoderados, a las de trabajo técnico pedagógico en equipo y a las curriculares no lectivas que se señalan en el artículo 6º de la ley 19.070.