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Artículo 44 del Decreto 755

Aprueba reglamento de la ley nº 19.532, que crea el regimen de jornada escolar completa diurna y dicta normas para su aplicacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 88581 / 7223149.

Texto oficial

Artículo 44.- El Ministerio de Educación supervisará, de acuerdo con sus facultades legales, el cumplimiento del proyecto de jornada escolar completa diurna de los establecimientos educacionales que operen bajo dicho régimen. El proyecto de jornada escolar completa diurna podrá sufrir modificaciones como producto de la evaluación interna que realice el establecimiento educacional. Estas modificaciones, para su aprobación, se sujetarán al procedimiento establecido en este párrafo.