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Artículo 83 del Decreto 755

Aprueba reglamento de la ley nº 19.532, que crea el regimen de jornada escolar completa diurna y dicta normas para su aplicacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 88581 / 7223197.

Texto oficial

Artículo 83.- Sin perjuicio de lo señalado en la letra b) del artículo 81, los sostenedores podrán solicitar aporte por los alumnos de 1º y 2º años de educación general básica a que se refieren los incisos tercero y quinto del artículo 9º del Decreto con Fuerza de Ley Nº2, de Educación, de 1998, cuando por las mismas razones señaladas en el artículo anterior, no puedan atender a estos alumnos en el régimen de jornada escolar completa diurna.