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Artículo 132 del Decreto 755

Aprueba reglamento de la ley nº 19.532, que crea el regimen de jornada escolar completa diurna y dicta normas para su aplicacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 88581 / 7223254.

Texto oficial

Artículo 132.- La falta de suscripción del convenio dentro del plazo establecido en las respectivas bases producirá la caducidad de pleno derecho del aporte aprobado, salvo que se acredite que dicha omisión se ha debido a circunstancias no imputables al sostenedor, las que serán calificadas por el Ministerio de Educación por resolución fundada y en única instancia.