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Artículo 135 del Decreto 755

Aprueba reglamento de la ley nº 19.532, que crea el regimen de jornada escolar completa diurna y dicta normas para su aplicacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 88581 / 7223257.

Texto oficial

Artículo 135.- El sostenedor deberá comprometerse en el convenio a constituir las garantías que corresponda en favor del Fisco, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 138 y siguientes de este reglamento, dentro del plazo que se establezca en el respectivo convenio, como requisito previo para acceder a la entrega de aportes a fin de asegurar que éstos sean destinados al cumplimiento efectivo de los objetivos para los cuales han sido otorgados y para garantizar el funcionamiento del establecimiento educacional por los plazos que corresponda.