Texto oficial
Artículo 135.- El sostenedor deberá comprometerse en
el convenio a constituir las garantías que corresponda en
favor del Fisco, de conformidad a lo dispuesto en los
artículos 138 y siguientes de este reglamento, dentro del
plazo que se establezca en el respectivo convenio, como
requisito previo para acceder a la entrega de aportes a fin
de asegurar que éstos sean destinados al cumplimiento
efectivo de los objetivos para los cuales han sido otorgados
y para garantizar el funcionamiento del establecimiento
educacional por los plazos que corresponda.