Texto oficial
Artículo 149.- El Jefe de la División de
Planificación y Presupuesto del Ministerio de Educación,
será el funcionario encargado de autorizar la entrega de
los aportes a los sostenedores, previo cumplimiento de lo
dispuesto en los artículos anteriores.
La entrega material de los aportes estará a cargo de
la División de Administración General del Ministerio de
Educación.