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Artículo 7 del Decreto 87

Aprueba reglamento de protección fisica de las instalaciones y de los materiales nucleares

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 8966 / 5892224.

Texto oficial

Artículo 7°.- El plan de protección física de la instalación debe comprender, como mínimo, los siguientes procedimientos: 1. Procedimiento de autorización de ingreso de personas, vehículos y bultos a la instalación, incluyendo el otorgamiento de distintivos. 2. Procedimiento de control de acceso de personas, vehículos y bultos, a la instalación, incluyendo: - Verificación de la identidad de las personas, - Revisión de distintivos y autorizaciones de ingreso, - Detección de intromisión, - Detección de contrabando, - Registro de personas, vehículos y bultos, - Detección de transporte no autorizado de material nuclear, y - Detección de explosivos 3. Procedimientos de vigilancia habitual y extraordinaria, que incluyan: - Rutinas de vigilancia, - Comunicación de alarmas, - Evaluación de alarmas, y - Control del inventario de los materiales nucleares y asignación de responsabilidades entre los funcionarios que los manipulen. 4. Procedimientos de acción en casos de emergencia, que incluyen: - Procedimientos de acción coordinada con los grupos de protección radiológica a fin de impedir la retirada no autorizada de materiales nucleares cuando se ordene la evacuación de la instalación, y - Procedimientos de acción de grupos de emergencia ajenos a la instalación. 5. Procedimientos de instrucción regular del personal, que incluyan: - Instrucción periódica al personal encargado de la protección física de la instalación, e - Instrucción periódica al resto del personal de la instalación. 6. Procedimientos de control periódico de instrumentos y equipos de seguridad, incluyendo: - Control de alarmas, - Control de cerraduras, llaves, tarjetas llave, etc., - Cambio periódico de cerraduras y combinaciones, y - Registro de personas poseedoras de llaves, combinaciones y/o tarjetas llaves. 7. Procedimientos de modificación del plan de protección física de la instalación, 8. Organización del personal encargado de la protección física de la instalación, que incluya: - Procedimiento de selección del personal, - Requisitos de los postulantes, - Programas de entrenamiento inicial, y - Funciones que desempeñará cada uno dentro de la organización