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Artículo 11 del Decreto 103

Aprueba el reglamento orgánico del departamento de prevision de carabineros de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 9278 · idParte: 8992577

Texto oficial

ARTICULO 11° La Contabilidad General estará a cargo del Contador General, funcionario que deberá poseer el título profesional de Contador General, Contador Público o Contador Auditor. Su labor consiste en programar y realizar la actividad contable-presupuestaria del Departamento y la confección de los Balances Anuales. Asimismo, deberá supervigilar el desarrollo de las contabilidades subsidiarias, proporcionando a éstas las directivas técnicas y administrativas necesarias para su funcionamiento.