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Artículo 46 del Decreto 103

Aprueba el reglamento orgánico del departamento de prevision de carabineros de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 9278 / 8992612.

Texto oficial

CAPITULO IV (ARTS. 46-50) Otros beneficios y Servicios ARTICULO 46° El Departamento de Previsión asignará en venta a sus imponentes, de conformidad a la legislación vigente, las viviendas que adquiera a la Corporación de la Vivienda o a otros organismos.