Saltar al contenido

Artículo 66 del Decreto 103

Aprueba el reglamento orgánico del departamento de prevision de carabineros de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 9278 / 8992632.

Texto oficial

CAPITULO III (ARTS. 66-69) Régimen administrativo interno ARTICULO 66° El personal de la planta especial del Departamento, conservará sus categorías y sus sistemas de remuneraciones, retiro y desahucio, mientras permanezca en dicha planta y, para los efectos de administración interna, se asimilará al Personal Civil de Carabineros en la forma señalada en el artículo 52°.