Saltar al contenido

Artículo 11 de la Ley 19.545 · Crea un sistema de certificacion oficial de conformidad de exportaciones

Crea un sistema de certificacion oficial de conformidad de exportaciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 93551 / 8323207.

Texto oficial

Artículo 11.- Para solicitar la inscripción en el registro se presentará una solicitud acompañada de los siguientes antecedentes: a) Copia autorizada del rol único tributario de la persona natural o jurídica; b) Tratándose de personas jurídicas, los documentos que acrediten su constitución y vigencia así como la personería de su representante, además de una copia autorizada de sus estatutos y de sus modificaciones, si las hubiere; c) Los informes de dos peritos, que se sujetarán a lo dispuesto en el artículo 13, y de un tercer perito si se presentare el evento contemplado en el artículo 14, y d) Comprobante de pago de la acreditación. Tratándose de solicitudes presentadas por entidades certificadoras previamente inscritas, sólo se requerirán los antecedentes establecidos en las letras c) y d). En el evento de haber variado uno o más antecedentes de los indicados en la letra b), la entidad certificadora deberá actualizar éstos.