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Artículo 12 de la Ley 19.545 · Crea un sistema de certificacion oficial de conformidad de exportaciones

Crea un sistema de certificacion oficial de conformidad de exportaciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 93551 / 8323208.

Texto oficial

Artículo 12.- Lo dispuesto en la letra c) del artículo 11 no será exigible respecto de personas naturales o jurídicas de países con los cuales exista un convenio de reconocimiento mutuo en materia de certificación y normalización de productos y que exhiban documentación debidamente legalizada que las autorice para otorgar certificados de conformidad de exportaciones respecto de productos determinados. En tal caso, una vez acreditada la autenticidad de los documentos, se procederá a la inscripción en el registro siempre que se cumpla con los demás requisitos del artículo 11.