Texto oficial
Artículo 2º.- El mayor gasto que origine la
aplicación de las modificaciones introducidas al Estatuto
del Personal de Carabineros de Chile de acuerdo con este
Decreto Fuerza de Ley, será de cargo fiscal y su
financiamiento se consultará en el Presupuesto de la
Subsecretaría de Carabineros, Carabineros de Chile.