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Artículo 35 del Decreto Con Fuerza de Ley 850

Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley nº 15.840, de 1964 y del dfl. nº 206, de 1960

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 97993 / 7232180.

Texto oficial

Artículo 35º.- Los perjuicios que se ocasionen en los DFL MOP 206, de caminos, causados directa o indirectamente por trabajos que 1960, Art. 13 se efectúen en los predios vecinos, serán de cargo de los dueños de dichos predios.