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Artículo 49 del Decreto Con Fuerza de Ley 850

Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley nº 15.840, de 1964 y del dfl. nº 206, de 1960

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 97993 / 7232196.

Texto oficial

Artículo 49º.- El terreno que quedare sin utilización por el cambio de trazado de un camino se DFL MOP 206, de venderá en pública subasta. Sin embargo, el dueño de un 1960, Art. 32 predio tendrá derecho preferente para adquirir sin subasta, a justa tasación de peritos, la sección del camino que colinde con su propiedad por ambos costados o para compensarlo con el nuevo trazado.