Texto oficial
Artículo 82º.- En ejercicio de las facultades Ley 15.840 art. 29
establecidas en el art. 2º de la Ley Nº 10.336, el
Contralor General de la República ha creado la División de
la Vivienda y Urbanismo y Obras Públicas y Transportes, a
través de la cual la Contraloría General ejercerá las
atribuciones que le correspondan con respecto del Ministerio
de Obras Públicas, del Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones, del Ministerio de la Vivienda y
Urbanismo, de las Direcciones y Organismos dependientes de
dichos Ministerios y de los que se relacionen con el
Gobierno por intermedio de esas Secretarías de Estado, con
excepción de aquellas concernientes al personal y al
juzgamiento de las cuentas.