Saltar al contenido

Artículo 95 del Decreto Con Fuerza de Ley 850

Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley nº 15.840, de 1964 y del dfl. nº 206, de 1960

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 97993 / 7232247.

Texto oficial

Artículo 95º.- El propietario que sea dueño de bienes raíces, cuyo avalúo fiscal en conjunto sea Ley 11.402, art. 6 inferiora 15,592 ingresos mínimos, contribuirá en la proporción que determina el último inciso del artículo anterior.