Texto oficial
Artículo 21º: En el evento que el contrato de
capacitación terminare antes del tiempo estipulado por
causas imputables al eventual trabajador, la empresa podrá
imputar el costo de las actividades de capacitación que
éste conlleve, en el evento que el citado beneficiario haya
cumplido como mínimo el setenta y cinco por ciento del
programa respectivo.