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Artículo 29 del Decreto 453

Aprueba el reglamento del decreto con fuerza de ley n° 70, de 1988, del ministerio de obras publicas, que establece la fijacion de tarifas de servicios de agua potable y alcantarillado

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 98618 · idParte: 9066415

Texto oficial

Artículo 29°.- Los costos de inversión deberán desagregarse al nivel de los distintos tipos de instalaciones constitutivas de los sistemas correspondientes a las etapas del servicio sanitario consideradas. El diseño de los distintos tipos de instalaciones deberá considerar explícitamente los factores de pérdidas económicamente eficientes y los niveles de seguridad de provisión del servicio.