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Artículo 54 del Decreto 453

Aprueba el reglamento del decreto con fuerza de ley n° 70, de 1988, del ministerio de obras publicas, que establece la fijacion de tarifas de servicios de agua potable y alcantarillado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 98618 / 9066442.

Texto oficial

Artículo 54°.- En el caso de usuarios que tengan fuente propia de abastecimiento de agua, el cobro correspondiente a los servicios de recolección y tratamiento de aguas servidas, corresponderá a una descarga equivalente a la respectiva merced autorizada, considerando 10 horas por día de utilización, o alternativamente, al volumen efectivamente medido a través de los mecanismos de control instalados a su costa por el usuario y aprobado por el prestador.