Texto oficial
Artículo... Los empleados a contrata de la Empresa, que
fueron declarados cesantes en la época señalada en el
artículo 1.o, que actualmente se encuentren reincorporados,
y que aun no hubieren recuperado el grado que tenían cuando
cesaron en sus cargos, recobrarán ese grado con la renta
que corresponda a la fecha de la promulgación de la
presente Ley. La Empresa formará un escalafón especial
para esta clase de empleados