Ley 14.635
Desafecta de su calidad de bien nacional de uso publico los terrenos que indica y cuyos deslindes señala, ubicados en la comuna de curico, y autoriza al presidente de la república para otorgar titulo gratuito de dominio a las personas que los ocupan, en las condiciones que expresa, para lo cual no regira lo dispuesto en el articulo 32° del decreto con fuerza de ley 206°, de 1960, sobre construccion, conservacion y financiamiento de caminos.
- Estado
- Vigente
- Fecha de versión según BCN
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idNorma: 27827