Saltar al contenido

Ley 14.958

Autoriza al presidente de la república para invertir hasta la sumas e° 30.000 en la ejecucion de diversas obras de adelanto local en la comuna de nacimimento.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 27999

Índice de normas

Artículos