Ley 15.162
Autoriza al presidente de la república para que proceda a enajenar las ex unidades de la armada que señala.
- Estado
- Vigente
- Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales
idNorma: 28060
Autoriza al presidente de la república para que proceda a enajenar las ex unidades de la armada que señala.
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