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Ley 15.287

Autoriza a la municipalidad de quillota para contratar uno o mas emprestitos que produzcan hasta la cantidad de e° 830.000, con el fin de destinarlos a diversas obras de adelanto local, para su servicio establece una contribucion adicional de un cinco por mil anual sobre el avaluo de los bienes raices de la comuna y destina los ingresos provenientes de la explotacion del matadero municipal.

Estado
Vigente
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idNorma: 28144

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