Decreto Ley 548
Autoriza a la casa de moneda de chile para acuñar, a requerimiento del banco central de chile, las monedas divisionarias que señala
- Estado
- Derogada
- Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales
idNorma: 6180
Autoriza a la casa de moneda de chile para acuñar, a requerimiento del banco central de chile, las monedas divisionarias que señala
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