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Ley 14.843

Dispone que los fondos provenientes del impuesto establecido en la ley numero 9.976 continuen siendo percibidos por la fundacion de viviendas y asistencia social hasta la fecha que indica y luego a la corporacion de la vivienda para el cumplimiento de sus fines

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
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idNorma: 250588

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