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Ley 12.507

Autoriza al presidente de la república para contratar uno o mas emprestitos que produzcan hasta la cantidad de $ 500.000.000 para pavimentar los caminos de los departamentos de talca y lontue modifica el articulo 1º de la ley 10.811, de 13 de noviembre de 1952, que destino fondos para pavimentar diversos caminos de la provincia de talca.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
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idNorma: 27143

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