Ley 13.341
Reajusta, en las condiciones que indica, las pensiones de jubilacion y montepio de la caja nacional de empleados publicos y periodistas, concedidas en virtud de las leyes especiales sobre prevision de los abogados, excepciones; modifica las letras a), h), i), j), k) y l) del articulo 6° de la ley 10.627, de 9 de octubre de 1952, que incorporo a los abogados al regimen de prevision de la caja nacional de empleados publicos y periodistas.
- Estado
- Vigente
- Fecha de versión según BCN
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idNorma: 27432