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Ley 14.670

Autoriza al presidente de la república para ceder, a titulo gratuito, a los ocupantes de las poblaciones de emergencia que señala, ubicadas en cauquenes, los materiales que indica; dispone que la corporacion de la vivienda debera construir en esa ciudad una poblacion para la radicacion de esas personas.

Estado
Vigente
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idNorma: 27859

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