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Ley 14.534

Autoriza a la municipalidad de ovalle para contratar uno o mas emprestitos que produzcan hasta la suma de e° 70.000, con el fin de invertirlos en diversas obras de adelanto local; para su servicio establece una contribucion adicional de un uno por mil anual sobre el avaluo de los bienes raices de la comuna y prorroga la vigencia del impuesto adicional establecido en las leyes 7.085, de 16 de octubre de 1941, y 11.839, de 16 de junio de 1955.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 27754

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