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Ley 14.567

Autoriza a la municipalidad de las barrancas para contratar uno o mas emprestitos que produzcan hasta la suma de e° 20.000 con el fin de invertirlos en diversas obras de adelanto local para su servicio establece una contribucion adicional de un uno por mil y de un uno y medio por mil anual sobre el avaluo de los predios urbanos y rurales de la comuna, respectivamente.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
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idNorma: 27771

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