Ley 15.471
Autoriza al servicio de seguro social pagar anticipadamente a los imponentes y familiares de imponentes que tramiten su jubilacion parte del valor bruto de la pension minima que le corresponda, condona la deuda que indica a la caja de accidentes del trabajo
- Estado
- Vigente
- Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales
idNorma: 28195